No necesariamente. Para empezar, no todos los planes de asistencia sanitaria que dicen ser un plan ERISA lo son de hecho. Por eso es tan importante solicitar los documentos del plan en todos los casos de embargo sanitario. Hay muchos tipos de seguros patronales que no entran en la ERISA.

Los planes más comunes que no pertenecen a la ERISA son los «planes de múltiples empleadores», en los que un plan de seguro colectivo presta servicios a varios empleadores diferentes, todos ellos contribuyendo al mismo plan. Suelen denominarse planes «asegurados» o «totalmente asegurados». Como estos planes no se rigen por ERISA, no se oponen a las protecciones estatales contra el reembolso que existen en Georgia y algunos otros estados.

¿Cómo sabes si éste es el acuerdo de financiación? La respuesta es que tienes que solicitar los documentos del plan. A menudo, el formulario 5500 indicará que se trata de un «plan de varios empleadores» o los documentos del plan harán referencia a varios empleadores. Si solicitas documentos que ERISA exige que los planes presenten anualmente, y los representantes del plan te dicen que no existen, es otra señal de alarma de que probablemente el plan no es ERISA.

Otra excepción habitual a la ERISA son los empleados estatales y de otras administraciones locales. Estos planes no están regulados a nivel federal y no están sujetos a la ley ERISA. A menudo te encuentras con estos planes cuando tratas con empleados que utilizan el plan estatal de asistencia sanitaria, como un profesor de escuela pública o un empleado del condado o del estado.

Otras excepciones comunes son los empleados federales (sus derechos de reembolso se definen en una ley aparte, conocida como Ley de Prestaciones Sanitarias de los Empleados Federales (FEHBA)), y los planes sujetos a convenios colectivos, como un plan sindical. Sin embargo, los planes negociados colectivamente pueden acogerse a la normativa ERISA presentando determinados documentos.

Por último, aunque se trate de un plan ERISA, no es absoluto que el plan tenga derecho al reembolso dólar por dólar. La jurisprudencia federal ha definido ciertas protecciones contra los reembolsos. El 11.º Circuito ha sostenido que la doctrina del «made whole» es la norma por defecto al analizar el reembolso de la asistencia sanitaria, a menos que exista un «lenguaje claro e inequívoco» en el plan que rechace la norma. Cagle contra Bruner, 112 F.3d 1510, 1522 (11.º Cir. 1997). Véase también Adelstein contra Unicare, 31 Fed. Appx. 935 (11th Cir. 2002) y Summerlin v. Georgia-Pacific, 366 F.Supp.2d 1203 (M.D. Ga. 2005) para obtener más explicaciones del Tribunal sobre cuándo se aplica o no la regla del «reembolso íntegro» a los derechos de reembolso reclamados por planes ERISA.

Desgraciadamente, la mayoría de los planes se esfuerzan en declarar que rechazan la doctrina del «made whole». Hay otras doctrinas equitativas que los Tribunales han sostenido que se aplican a menos que sean rechazadas por el lenguaje del plan, a saber, la «doctrina del fondo común» (la idea de que el plan debe reducir su derecho de retención en una parte prorrateada de los honorarios y gastos de los abogados).

Sin embargo, la clave de todas estas protecciones es que tienes que conseguir los documentos del plan. Si no solicitas y revisas los documentos del plan, no sabrás si a) el plan está realmente financiado como un plan ERISA, ni b) si el plan tiene todo el lenguaje contractual necesario para ejecutar el embargo.