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Immigration Law

Comprender la nueva prohibición de inmigración a 19 países: Qué significa para la inmigración basada en el matrimonio

A principios de diciembre de 2025, el gobierno estadounidense anunció un importante cambio en la tramitación de la inmigración:
una pausa en las solicitudes de inmigración que afecten a nacionales de 19 países designados. Para muchas familias de
, especialmente las que solicitan la inmigración por matrimonio, este anuncio ha creado
confusión y ansiedad.

En Jarrett & Price, nuestro trabajo consiste en ayudarte a comprender lo que esta nueva política
significa para tu caso, tanto si te estás preparando para presentar una demanda como si ya tienes un caso pendiente.

¿Qué es la nueva prohibición de inmigración de 19 países?

En virtud de esta nueva política, el gobierno estadounidense ha anunciado una pausa en la tramitación de la mayoría de las solicitudes de prestaciones de inmigración
para personas de 19 países que ha calificado de «alto riesgo».
Esto va más allá de bloquear la entrada en la frontera o detener la expedición de visados en el extranjero.

En términos prácticos, la política afecta:

  • Nuevas solicitudes de inmigración presentadas por nacionales de los 19 países, y
  • Muchos casos pendientes que ya estaban en el sistema del USCIS o en un consulado estadounidense.

La pausa puede afectar a una amplia gama de aplicaciones, entre ellas:

  • Peticiones familiares y matrimoniales (I-130)
  • Solicitudes de ajuste de estatus para obtener la tarjeta verde (I-485)
  • Tramitación consular de visados de inmigrante
  • Solicitudes de naturalización (ciudadanía)
  • Ciertos beneficios humanitarios u otros beneficios de inmigración

La lista de 19 países incluye naciones como Afganistán, Somalia, Irán, Haití, Libia,
Yemen y Venezuela, entre otras. Si tú o un ser querido tenéis la nacionalidad de uno de los países afectados por
, esta política puede afectar directamente a vuestros planes de inmigración.

¿Cómo afecta la prohibición a las nuevas solicitudes?

Si te estás preparando para presentar un caso de inmigración y el beneficiario es de uno de los siguientes países
los 19 países, lo más importante es comprender lo siguiente:
El USCIS puede aceptar tu solicitud, pero dejar el caso en suspenso.

Es decir:

  • Es posible que recibas un acuse de recibo confirmando que tu caso ha sido archivado.
  • Se seguirán tramitando tus tasas de solicitud.
  • Tu caso puede estar registrado en el sistema pero no avanzar activamente.

Para la inmigración basada en la familia y el matrimonio, eso podría implicar:

  • Ciudadano estadounidense o residente legal permanente que presenta el formulario I-130 para un cónyuge en el extranjero.
  • Una pareja dentro de Estados Unidos que presenta el I-130 junto con un I-485 para el ajuste de estatus.
  • Un caso de visado de prometido(a) que acabará dando lugar a una tarjeta verde por matrimonio.

En muchas de estas situaciones, la nueva política puede dar lugar a una «congelación» de tu caso
, en el que el USCIS lo acepta pero no programa entrevistas, no emite aprobaciones ni toma medidas definitivas
mientras siga vigente la prohibición.

¿Qué ocurre con las solicitudes pendientes?

Si ya tienes un caso pendiente cuando la política entre en vigor, tu situación puede ser
diferente pero igualmente incierta. Muchas familias ya lo han hecho:

  • Has presentado una petición I-130 para un cónyuge o familiar cercano;
  • Presentó una solicitud I-485 de tarjeta verde por matrimonio;
  • Completado parte de los pasos de la tramitación consular a través del Centro Nacional de Visados (NVC); o
  • Asiste a exámenes biométricos, médicos o incluso a entrevistas.

En virtud de la nueva prohibición de 19 países, estos casos pendientes pueden quedar en suspenso, aunque
se encuentren en la fase final. Esto puede ser así:

  • Entrevistas canceladas o no programadas;
  • No se emite ninguna decisión, ni siquiera después de una entrevista;
  • Retrasos en la expedición de visados en los consulados estadounidenses en el extranjero; y
  • Controles de seguridad adicionales o solicitud de más pruebas antes de cualquier decisión definitiva.

Es importante señalar que una «pausa» no es lo mismo que una denegación. Sin embargo, puede crear largos periodos
de espera con muy poca información sobre lo que ocurrirá a continuación.

Impacto en la inmigración basada en el matrimonio

Muchos de nuestros clientes en Jarrett & Price son ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes que
se han casado con un cónyuge de otro país y quieren construir su vida juntos en Estados Unidos
. La nueva política puede parecer especialmente dura en estos casos, porque separa a las parejas
casadas o las mantiene en el limbo.

Tarjetas verdes basadas en el matrimonio dentro de EE.UU. (Ajuste de estatus)

Si tu cónyuge ya está en Estados Unidos y tú has presentado -o tienes previsto hacerlo-
para el ajuste de estatus basado en el matrimonio, he aquí cómo puede afectarte la política si tu cónyuge
es de uno de los 19 países:

  • Tu I-130 y tu I-485 aún pueden ser aceptados para su presentación.
  • Es posible que sigas recibiendo un acuse de recibo y, en algunos casos, podría tramitarse un permiso de trabajo (EAD) o un documento de viaje (AP) con arreglo a la política vigente; esto puede variar.
  • Sin embargo, la decisión final sobre la propia tarjeta verde puede retrasarse, y las entrevistas de
    pueden posponerse o no programarse en absoluto mientras la prohibición esté en vigor.

Las parejas pueden encontrarse en un «compás de espera» en el que el cónyuge extranjero puede
permanecer en EE.UU. con un estatus pendiente, pero la estabilidad de la residencia permanente está fuera del alcance de
hasta que cambie la política.

Tramitación consular en el extranjero basada en el matrimonio

Si tu cónyuge está fuera de Estados Unidos y estáis en trámites consulares, el impacto de
puede ser aún más directo. En muchos casos:

  • La petición I-130 aprobada no puede pasar a una entrevista en la embajada o el consulado.
  • Las fechas de las entrevistas para el visado pueden aplazarse, cancelarse o no programarse nunca.
  • Incluso después de una entrevista, puede retrasarse la expedición definitiva del visado.

Para muchas familias, eso significa una separación continua, sin un calendario claro para la reunificación
en Estados Unidos.

Qué significa esto para las parejas en este momento

Cada caso basado en el matrimonio es diferente, y el impacto de la prohibición de 19 países dependerá de
factores como:

  • De qué país es el cónyuge extranjero;
  • Si el cónyuge está dentro o fuera de Estados Unidos;
  • En qué fase del proceso se encuentra el caso; y
  • Si existen otras opciones de inmigración o formas de ayuda disponibles.

En general, las parejas deben estar preparadas para:

  • Plazos más largos e incertidumbre;
  • Comprobaciones adicionales de seguridad o de antecedentes en algunos casos;
  • La posibilidad de que, aunque puedas presentar la demanda ahora, no se tome ninguna decisión definitiva
    hasta que la política cambie, se modifique o se anule en los tribunales.

¿Debes seguir presentando una demanda matrimonial?

En muchas situaciones, sigue siendo prudente presentar un caso matrimonial sólido y bien documentado
aunque sepas que puede retrasarse. Presentarlo ahora puede:

  • Establece tu lugar en la fila;
  • Preservar determinados derechos y beneficios vinculados a una solicitud pendiente; y
  • Posicionarte para avanzar rápidamente si se levanta la pausa.

Sin embargo, se trata de una decisión estratégica que debe tomarse con la ayuda de un abogado experto en inmigración de
que pueda evaluar los riesgos y beneficios en tu situación concreta.

Qué puedes hacer si tu caso se ve afectado

Si crees que tu caso puede verse afectado por el veto de inmigración a 19 países, aquí tienes algunos
pasos prácticos a tener en cuenta:

  • Mantente informado. Políticas como ésta pueden cambiar rápidamente debido a nuevas orientaciones de la agencia
    , recursos judiciales o futuras acciones ejecutivas.
  • Evita cambios importantes sin asesoramiento legal. No viajes, ni salgas de EE.UU., ni
    dejes caducar tu estatus sin hablar con un abogado que entienda los riesgos.
  • Guarda copias de todo. Mantén registros organizados de todas las solicitudes, notificaciones
    , recibos y correspondencia relacionada con tu caso.
  • Consulta a un abogado experto en inmigración. Cada caso es único. Un pequeño detalle de
    en tu historial, en el de tu cónyuge o en el momento elegido podría abrir opciones adicionales de
    , o crear riesgos que quizá no verías por ti mismo.

Cómo puede ayudar Jarrett & Price

En Jarrett & Price, trabajamos todos los días con familias que solicitan la inmigración por matrimonio,
peticiones familiares y la naturalización. Comprendemos lo profundamente que esta nueva política puede afectar a
personas reales: parejas que deciden dónde vivir, si viajar o no y cómo planificar su
futuro juntos.

Si tú o tu cónyuge procedéis de uno de los 19 países afectados, o no estás seguro de si esta política de
se aplica a tu caso, podemos ayudarte:

  • Revisa tu solicitud actual o prevista;
  • Explica cómo puede afectar la prohibición a tus plazos y opciones;
  • Ayudarte a decidir si presentar la demanda ahora o esperar;
  • Supervisar los cambios políticos que puedan afectar a tu caso; y
  • Abogar por ti en cada paso del proceso.

Programa una consulta

Las políticas de inmigración pueden cambiar rápidamente, y esta nueva prohibición de 19 países es sólo un ejemplo de lo rápido que pueden cambiar las normas
. No tienes por qué enfrentarte a esto solo.

Ponte en contacto con Jarrett & Price hoy mismo para hablar de cómo puede afectar esta política a tu caso de inmigración basado en el matrimonio o la familia
y para elaborar una estrategia adaptada a tu situación
.

Llámanos al 855-909-3021 o visita www.jarrettfirm.com para programar una consulta.

 

 

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